Advierten por aplicación de multas

Estado, Martes 12 junio, 2012 a las 8:20 am

Wilmer Delgado Rojas

Las personas físicas y morales están obligas a presentar sus Declaracio­nes Informativas de Operaciones con Terceros (DIOT) en relación al IVA, aunque sea en ceros, ya que si no se hace se podría generar una multa su­perior a los 10 mil pesos, advirtió el administrador local del Servicio de Administración Tributaria.

Luis Miguel Rosado Lavalle, en entrevista con EL EXPRESO, seña­ló que, además de atender al con­tribuyente, el SAT busca manejar el cumplimiento de obligaciones fis­cales que en materia de pagos y de­claraciones los contribuyentes tie­nen en determinadas épocas, años o meses ante el SAT.

“Los contribuyentes que no cum­plan con sus declaraciones, las mul­tas depende del tipo de concepto que no se haya declarado. Una persona de honorarios o de régimen de servicios profesionales, normalmente tiene la obligación de pagos como el Impues­to Sobre la Renta, Impuesto Empre­sarial a Tasa Única y el Impuesto al Valor Agregado como básicos; si se  determina que no se presentaron al­guno de estos tres o los tres, se le co­braría una multa por cada obligación de mil 100 pesos”, explicó.

Señaló que otras de las multas más caras es por las Declaraciones Infor­mativas de Operaciones con Ter­ceros (DIOT). “Es una declaración mensual en la que el contribuyente debe de declarar quiénes fueron sus proveedores, pero en efecto de IVA. Cuando una persona no presenta la declaración a tiempo, la multa es de 10 mil pesos”, dijo.

Igual hay personas que no tuvie­ron operaciones, pero por descuido no declaran, lo que los hace merecer una multa.

“Se les pide las declaraciones no tanto para que el SAT recaude dine­ro, sino para que posea información del contribuyente y aunque sea en ceros es también información para el SAT, para poder cruzarlas con la de­claraciones de otros contribuyentes”, explicó.

Dijo que los contribuyentes que deben de pagar esta declaración son todos los que realizan actividades empresariales, por el concepto que tenga IVA en específico, como son los de honorarios, arrendamiento que co­bran IVA, actividades empresariales y régimen intermedio. Los pequeños contribuyentes no están obligados, pero la mayor parte de las personas morales y físicas están obligados a re­portar sus proveedores por RFC.

Mencionó que cada mes se ha­ce una vigilancia para que se esté cumpliendo con el pago de este ser­vicio, así que cada mes salen reque­rimientos para que el contribuyen­te sepa que cada mes está siendo vigilado en el cumplimiento en sus formas fiscales.