Incautan planta favorita para jardines

Estado, Lunes 20 abril, 2015 a las 2:08 pm
Clandestinaje. La despeinada o Pata de Elefante, es una especie silvestre custodiada por las normas ambientales del país.

Clandestinaje. La despeinada o Pata de Elefante, es una especie silvestre custodiada por las normas ambientales del país.

REDACCIÓN
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La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) de Yucatán, aseguró un ejemplar de flora silvestre de la especie de Despeinada, mejor conocida como Pata de elefante (Beucarnea pliabilis)  la cual está catalogada como amenazada en la NOM-059-SEMARNAT-2010.

La planta es una de las favoritas para colocar en jardines y adornar casas y se pueden observar en muchas colonias de nuestra ciudad.

Durante una inspección en materia de vida silvestre de la PROFEPA, coordinada con elementos de la Secretaría de Seguridad Publica del Gobierno del estado, se detectó un vehículo que transportaba un ejemplar  de la especie Despeinada (Beucarnea pliabilis) de 6 metros de longitud con claras evidencias de haber sido extraída recientemente de su medio natural.

El inspeccionado presentó documentación para simular la legal procedencia, la cual trasgredió con lo establecido en el Artículo 51 y 52 de la Ley General de Vida Silvestre y su reglamento vigentes.

Al carecer de la documentación oficial personal de la Profepa procedió a realizar el aseguramiento precautorio del ejemplar, dos herramientas y el vehículo donde se transportaba dicho ejemplar.

El ejemplar de flora silvestre fue trasladado a la Unidad de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre (UMA) “Parque Metropolitano”,  para su custodia.

Cabe mencionar que la Despeinada es una especie listada en la NOM-059-SEMARNAT-2010 en la categoría de  Amenazada (A), ya que está en peligro de desaparecer por distintas actividades que afectan a su hábitat como el comercio ilegal, que disminuye directamente el tamaño de la población de esta especie, al extraerla de su medio sin contar con criterios ecológicos.

La Ley General de Vida Silvestre establece que realizar actividades de aprovechamiento de especies silvestres sin contar con la autorización correspondiente o con los medios para demostrar su legal procedencia, se sancionará con el equivalente de 20 a 50, 000 veces de salario mínimo así como con el decomiso de los ejemplares.