La delegada del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), Lirio Suárez Améndola, adivirtió a los empresarios de la Calle 59 que dé no presentar su proyecto, tendrán que retirar su  mobiliarios, ya que no cuentan con los permisos del Ayuntamiento, ni del INAH para sacar sus mobiliarios.

En entrevista, la titular del INAH consingno que “dado que no existió un proyecto, no se interpuso ningún recurso y nosotros seguimos con el procedimiento administrativo, vamos integrar todo el expediente para mandarlo al área jurídica de México a efecto que el juez valide el retiro de todo el mobiliario”.

Indicó que previamente el INAH avisó a los propietarios del procedimiento administrativo por la colocación de mobiliarios sin autorización violando el Artículo 42 de la Ley Federal de Monumentos Artísticos e Históricos.

Explicó que para sacar sus muebles sobre la Calle 59 tienen que presentar una solicitud como marca la norma 0009 del INAH, “pero en este caso que se tiene que tener el aval del Ayuntamiento, porque el dueño de la calle es la misma Comuna”.

Suárez Améndola comentó que ningún particular puede poner ningún mobiliario sobre la calle o banqueta sino es a través del Ayuntamiento, “a la fecha no existe ningún trámite ni aval, por lo que ningún propietario puedo acreditar que tuviera un permiso y mucho de menos del INAH”.

Detallo que el IHAN lleva un avance del 50 por ciento de los procedimientos antes que se turne al juez y de su veredicto del retiro del inmueble, así que todavía en cualquier momento pueden presentar un proyecto antes de la conclusión.

ARTICULO 42

 “En las zonas de monumentos y en el interior y exterior de éstos, todo anuncio, aviso, carteles; las cocheras, sitios de vehículos, expendios de gasolina o lubricantes; los postes e hilos telegráficos y telefónicos, transformadores y conductores de energía eléctrica, e instalaciones de alumbrados; así como los kioscos, templetes, puestos o cualesquiera otras construcciones permanentes o provisionales, se sujetarán a las disposiciones que al respecto fije esta Ley y su Reglamento”.

Wilmer Delgado Rojas
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