El pasado 12 de mayo, el juez Luis Enrique Lanz Gutiérrez de Velasco emitió un fallo injusto, excesivo y contrario a derecho en contra de los directivos, editores y coeditores del diario La Opinión, a quienes sentenció al pago de la cantidad de 6 millones de pesos a Sonia Cuevas Kantún, ex lideresa de la Confederación Nacional Campesina, por “daño moral”, después de que ese rotativo publicara una serie de notas relacionadas con el caso de su sobrino, Edward Alejandro Cuevas Santini, asesino confeso de Florencia Azalea Cabrera May, en el municipio de Calkiní en el 2012.

Los argumentos usados por el juez Luis Enrique Lanz Gutiérrez de Velasco se basaron en que Cuevas Kantún resultó afectada con “daño moral”, cuando la política calkiniense en ningún momento dejó de ser lideresa ni suplente en el Senado de la República, cargos que ostentaba en el 2014 y siguió ostentando, ni existe evidencia de que las publicaciones le hayan provocado algún tipo de daño en su persona porque fueron líneas de investigación de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado.

LA HISTORIA.

Como se recordará, este rotativo consignó, junto con todos los medios de comunicación escritos, radiofónicos, televisivos y digitales de la entidad, además de algunos medios de comunicación nacionales, desde el 26 de enero hasta el 15 de marzo del 2014, el caso del asesinato cometido por Edward Alejandro Cuevas Santini –asesino confeso y quien hoy purga una condena por el crimen cometido el 23 de noviembre del 2012- el cual fue confirmado y documentado el 26 de enero del 2014 tras una serie de investigaciones por la PGJE que encabezaba Arturo José Ambrosio Herrera.

En esa rueda de prensa ofrecida por Ambrosio Herrera el 26 de enero del 2014 se confirmó todo lo adelantado -y documentado- por La Opinión e incluso el propio fiscal del estado anunció que Sonia Cuevas Kantún sería llamada a declarar.

Fue desde el 20 de noviembre del 2012 cuando Florencia Azalea Cabrera May, quien contaba con apenas 20 años de edad, fue reportada como desaparecida. La joven estudiaba Educación Especial en la Escuela Normal de Calkiní. Nunca pudo ser localizada.

Sin embargo, en enero del 2014 Edward Alejandro Cuevas Santini, sobrino de Sonia Cuevas Kantún, aceptó ante la PGJE haber dado muerte a quien fuera su novia luego de que ésta diera por terminada su relación de pareja. El asesino confeso incluso reveló el lugar donde abandonó el cuerpo, al fondo de un pozo de 15 metros de profundidad.

La información -que sacudió a Calkiní- no solo fue consignada por esta casa editorial, sino también por todos los medios de comunicación impresos y electrónicos de Campeche y reproducidos por varios diarios de circulación nacional.

LA DEMANDA.

La demanda judicial fue presentada por Sonia Cuevas Kantún  después de que La Opinión, apegada a los lineamientos periodísticos de verificación de los hechos y cruce de fuentes, publicó que el asesino de la joven era sobrino de la exalcaldesa, lideresa de la Confederación Nacional Campesina (CNC) y suplente del senador Raúl Pozos Lanz, así como las presuntas intenciones de encubrimiento del crimen valiéndose de sus relaciones políticas, según acusaron en su momento familiares de la jovencita asesinada a sangre fría. Incluso La Opinión documentó testimonios grabados de los familiares de la víctima fallecida, quienes culparon a la ex lideresa de presionarlos y de valerse de su abogado para forzar declaraciones.

Llama la atención que solo La Opinión fue el único medio demandado por Cuevas Kantún y lo más sospechoso del caso es que el mismo juez Luis Enrique Lanz Gutiérrez de Velasco desechó toda la investigación periodística de este rotativo sobre el caso que fue publicado y difundido por más de 30 medios de comunicación de prensa, radio, televisión y medios electrónicos de Campeche.

El juez Luis Enrique Lanz Gutiérrez de Velasco también desechó todos los antecedentes que a nivel nacional e internacional se han presentado en casos similares, ignorando jurisprudencias recientes emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a garantizar la libertad de prensa y de expresión.

Este rotativo tuvo conocimiento en forma anticipada que el fallo que emitiría el juez Luis Enrique Lanz Gutiérrez de Velasco iba a ser en contra de La Opinión, con una sentencia injusta, excesiva y contraria a derecho.

En su sentencia se puede apreciar cómo el juez fue desechando las pruebas documentales, históricas y testimoniales de una información completamente sustentada y confirmada por las propias autoridades de procuración de justicia.

La Opinión deja a la consideración de sus miles de lectores juzgar la actuación de un juez cuyos argumentos legales para justificar el fallo en contra de los directivos, editores y coeditores de esta casa representan un precedente peligroso para todos los medios de comunicación en nuestro estado.

Ante el desechamiento de tantas pruebas que se le hicieron llegar en el caso, y al ignorar antecedentes, tesis y jurisprudencias emitidas, habría que preguntarse ¿qué intereses estará protegiendo el juez Luis Enrique Lanz Gutiérrez de Velasco?

Redacción
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