En la sesión ordinaria el día de ayer, el Congreso del Estado aprobó el dictamen relativo a una iniciativa para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Campeche, en aras de fortalecer la función de fiscalización de uno de los órganos de apoyo del Congreso, como es la Auditoría Superior del Estado.
El propósito fundamental de la iniciativa promovida por la diputada Genoveva Morales Fuentes, consiste en perfeccionar el uso de los sistemas informáticos, no sólo para la solicitud de información requerida en las auditorías respectivas, sino para ampliarlo a todo el sistema de fiscalización a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; modernizar los procedimientos propios de la fiscalización; eficientar los tiempos, recursos, procedimientos y conclusiones de la fiscalización; dar mayor vigencia al uso de la firma electrónica, para utilizarla en todos los procesos de fiscalización o rendición de cuentas competencia de la Auditoría Superior del Estado.
También, autorizar a la Auditoría para que en el marco de sus atribuciones pueda celebrar convenios de colaboración con las autoridades federales para el uso de la firma electrónica y con ello facilitar el uso obligatorio para todos los entes públicos o entidades fiscalizables del sistema electrónico; facultar a la Auditoría para solicitar información a través de medios electrónicos mediante herramientas tecnológicas; establecer los esquemas en los que se operarán los modelos digitales, así como lo referente a las denuncias que se podrán presentar mediante formas electrónicas, facultando al titular para que expida las reglas concernientes a estos procesos.
Asimismo, modificar los requisitos para ser titular de la Auditoría Superior del Estado, específicamente en lo que respecta a eliminar la residencia en el Estado durante los cinco años anteriores a la designación; reformar lo referente a no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión, sin perjuicio de lo anterior si se tratara de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que afecte seriamente la buena fama, inhabilitará para el cargo cualquiera que haya sido la pena; así como reformar lo relativo a no haber sido inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni removido de algún cargo del sector público.
Redacción.

