La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró vigente, pero no aplicable para la revocación de mandato y procesos electorales en marcha, el decreto publicado ayer con reformas legislativas que autorizaron propaganda gubernamental durante la veda electoral.
Si bien reconocieron las facultades del Congreso para realizar interpretaciones de las leyes, los integrantes de la Sala, los magistrados Rubén Lara (presidente) y Luis Espíndola, y la magistrada Gabriela Villafuerte, coincidieron en que no puede aplicarse en este momento por impactar reglas electorales fundamentales y no cumplir con la temporalidad establecida en el Artículo 105 la Constitución.
La Constitución establece que las reglas electorales deben aprobarse y publicarse ese tipo de modificaciones al menos 90 días antes del inicio de comicios.
El debate sobre el decreto que está vigente a partir de este viernes, se dio en el contexto del análisis de una queja en contra del Presidente Andrés Manuel López Obrador y otros funcionarios por el evento titulado “Mensaje a la Nación, tres años de gobierno 2018-2021”, celebrado el 1 de diciembre de 2021.
De acuerdo a la sentencia a propuesta del ponente Luis Espíndola, el evento infringió normas electorales y el modelo de comunicación política vigente, al promover acciones y logros de gobierno que promueven adhesiones al gobernante y realizarse cuando ya habían iniciado los procesos electorales en cuatro entidades: Aguascalientes, Durango, Oaxaca y Tamaulipas.
Agencias.

