Durante la quinta sesión del actual periodo ordinario y con el voto unánime de los 35 diputados integrantes de la Sexagésima Cuarta Legislatura, el Congreso del Estado aprobó el dictamen relativo a una iniciativa preferente para reformar el artículo 72 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Campeche, promovida por la Gobernadora del Estado.

“Artículo 72.- Las autoridades competentes del Estado, de así requerirse, dictarán medidas para la protección de la Gobernadora o el Gobernador del Estado, de las personas titulares de la Secretaría de Gobierno, de la Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana, de la Fiscalía General del Estado, así como de aquellas o aquellos servidores públicos estatales que, en razón de sus funciones de seguridad pública, así lo requieran. Estas medidas se brindarán sólo durante el tiempo de su encargo.

“Las autoridades de seguridad pública de los Municipios procederán conforme a lo señalado en el párrafo anterior para brindar la protección necesaria, de así requerirse, a la Presidenta o al Presidente Municipal, a la persona titular de la Dirección de Seguridad Pública Municipal, así como auxiliar, cuando así se les requiera, a las autoridades estatales para brindarle protección a las autoridades señaladas en el párrafo anterior.

“No se podrán asignar medidas de protección, de cualquier tipo, a ex servidoras y servidores públicos estatales y/o municipales, así como la asignación de bienes que formen parte del patrimonio estatal y/o municipal y cuyos costos sean cubiertos con presupuesto estatal y/o municipal. Se exceptúa de esta disposición a las y los servidores públicos que, por causa justificada o por situaciones de riesgo, requieran las medidas de protección al concluir su encargo. Bajo ninguna circunstancia se permitirá que los recursos humanos y materiales destinados a la protección, sean utilizados para atender asuntos personales o de cualquier índole, salvo lo relacionado con la función de seguridad”, señala artículo.

Redacción.