Redacción

La legislación de Campeche es una de las más atrasadas y excluyen­tes en materia de adopciones y que afecta tanto a los menores como a los adultos que buscan hacerse car­go de ellos, reportó el Consejo Na­cional para Prevenir la Discrimina­ción (Conapred).

Según el diario Reforma, con base en el Reporte sobre la Discrimina­ción en México 2012, en muchas en­tidades se establece una distinción entre la adopción plena y la simple, lo que limita la primera a parejas ca­sadas y en algunos casos sólo a las heterosexuales.

“Un ejemplo de lo anterior es el Código Civil del Estado de Campe­che que señala, en su artículo 426, que sólo podrán adoptar plenamen­te los cónyuges que vivan juntos y que tengan más de cinco años de ca­sados”, detalla.

Otra entidad con una disposi­ción similar es Jalisco, cuyo Código Civil establece que la adopción ple­na requiere que los adoptantes sean hombre y mujer casados entre sí y que vivan juntos.

Otras conductas de discrimina­ción, asegura el Conapred, ocurren al momento de seleccionar al niño por adoptar, cuando los padres prefieren bebés sin discapacidad y blancos.

Si bien no es posible imponer a los padres adoptantes una deci­sión contraria a sus deseos, el re­porte sostiene que es tarea de las instituciones responsables del pro­ceso combatir los prejuicios socia­les y culturales que pueden sesgar una elección.

De acuerdo con el documento, los condicionamientos legales in­justificados, aunados a los prejuicios que prevalecen en las personas en­cargadas de supervisar los procesos de adopción respecto del tipo idó­neo de familia, no sólo resultan en que las personas adoptantes son dis­criminadas al ser tratadas de manera diferenciada, sino que representan en la práctica un obstáculo para que niños y niñas puedan unirse a una familia que desea y puede propor­cionar las condiciones idóneas para su desarrollo.