Redacción
La legislación de Campeche es una de las más atrasadas y excluyentes en materia de adopciones y que afecta tanto a los menores como a los adultos que buscan hacerse cargo de ellos, reportó el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
Según el diario Reforma, con base en el Reporte sobre la Discriminación en México 2012, en muchas entidades se establece una distinción entre la adopción plena y la simple, lo que limita la primera a parejas casadas y en algunos casos sólo a las heterosexuales.
“Un ejemplo de lo anterior es el Código Civil del Estado de Campeche que señala, en su artículo 426, que sólo podrán adoptar plenamente los cónyuges que vivan juntos y que tengan más de cinco años de casados”, detalla.
Otra entidad con una disposición similar es Jalisco, cuyo Código Civil establece que la adopción plena requiere que los adoptantes sean hombre y mujer casados entre sí y que vivan juntos.
Otras conductas de discriminación, asegura el Conapred, ocurren al momento de seleccionar al niño por adoptar, cuando los padres prefieren bebés sin discapacidad y blancos.
Si bien no es posible imponer a los padres adoptantes una decisión contraria a sus deseos, el reporte sostiene que es tarea de las instituciones responsables del proceso combatir los prejuicios sociales y culturales que pueden sesgar una elección.
De acuerdo con el documento, los condicionamientos legales injustificados, aunados a los prejuicios que prevalecen en las personas encargadas de supervisar los procesos de adopción respecto del tipo idóneo de familia, no sólo resultan en que las personas adoptantes son discriminadas al ser tratadas de manera diferenciada, sino que representan en la práctica un obstáculo para que niños y niñas puedan unirse a una familia que desea y puede proporcionar las condiciones idóneas para su desarrollo.