En su sentencia dictada en contra del diario La Opinión y sus directivos, editores y coeditores, el juez Luis Enrique Lanz Gutiérrez de Velasco ignoró las pruebas aportadas por la defensa, así como las numerosas y más recientes jurisprudencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En su fallo, injusto, excesivo y contrario a derecho, mediante el que se condena a pagar seis millones de pesos a Sonia Cuevas Kantún, se presenta una serie de omisiones que atentan contra la inteligencia de todo juzgador, de Campeche y de cualquier otro estado del país.

Lo primero que salta a la vista es que la parte acusadora nunca logró comprobar ni acreditar el supuesto daño moral, pero la serie de omisiones incluso debieron haber llevado a que su demanda ni siquiera fuera admitida. TABLAOMISIONES

La sentencia, tal como consideró el activista de Artículo 19, Ricardo Luévano, constituiría un agravio a la libertad de prensa y de expresión en Campeche, ambos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la del Estado Libre y Soberano de Campeche.

Llama la atención que un juzgador con la trayectoria y años de servicio de Luis Enrique Lanz Gutiérrez de Velasco, pero sobre todo que un legislador del sistema de justicia de la entidad, se estuviera prestando a cometer graves faltas al derecho y a la justicia mediante un proceso que le falta el respeto a la inteligencia de los juzgadores
campechanos.

En un breve recuento, que no busca ser amplio ni extenso, La Opinión encontró una serie de omisiones que permitieron la injusta sentencia de Luis Lanz Gutiérrez de Velasco.

Redacción
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