Desde ahora, los ya constantes retrasos en los vuelos de las dos aerolíneas que prestan servicios en el aeropuerto de la ciudad no quedarán impunes.

Los usuario de las aerolíneas podrán solicitar a éstas una indemnización cuando su vuelo registre una demora superior a dos horas e inferior a cuatro.

Dicha indemnización será mínima del 7.5% del valor del boleto en su próximo viaje, pero si la demora es mayor a cuatro horas, será compensado recibiendo la devolución del monto total del boleto (tarifa completa) y una indemnización equivalente al 25% del valor del boleto.

Además, el pasajero podrá solicitar la devolución del importe de su boleto, en caso de que decida no efectuar el viaje, siempre y cuando lo comunique dentro de las 24 horas contadas a partir de haberlo comprado.

Asimismo, el usuario podrá trasladar en el avión hasta 25 kilogramos de equipaje documentado y hasta 10 kilogramos de equipaje de mano, sin costo.

Esto luego de que en el Diario Oficial de la Federación fueron publicadas las reformas las Leyes Federal de Protección al Consumidor y de Aviación Civil, mismas que precisan que cuando la demora del vuelo sea superior a una hora e inferior a dos, se aplicarán las políticas de compensación.

Redacción
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