La Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche (Cotaipec) ordenó al Ayuntamiento de Campeche informar los contratos con proveedores de bienes y servicios, así como la erogación de recursos públicos, los cuales quería mantener en ‘lo oscurito’, entre las que podría estar un tema que ha generado demasiada controversia, como lo es el ‘pollogate’ de la diputada local Biby Rabelo de la Torre.

En Sesión Ordinaria del Pleno de la Cotaipec, los comisionados resolvieron 431 Recursos de Revisión, interpuestos por diversas personas contra la Comuna, al cual se le requirió todos los contratos celebrados con diversas personas físicas y morales como proveedores de bienes y servicios, así como información y documentación sobre diversos aspectos relacionados con su ejecución, la erogación de recursos públicos que implicaron y el procedimiento de contratación aplicado, ya sea por adjudicación directa, invitación restringida o licitación pública.

Sin embargo, la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento emitió respuesta única a todas las solicitudes para indicar que la información no puede ser proporcionada ya que, con base en la Ley Estatal de Transparencia, fue clasificada como reservada ya que se encuentra relacionada con proceso de auditoría.

Aunque la Comisión resolvió sobreseer 262 recursos de revisión de los 431, le revocó la respuesta impugnada en 169 casos, y ordenó al Ayuntamiento de Campeche para que, en un plazo de diez días hábiles, emita una nueva respuesta a cada una de las solicitudes de información involucradas para otorgar la información requerida en los términos en que ésta se encuentra en su posesión.

Lo anterior fue después de que se determinó que, de acuerdo a las leyes general y estatal de transparencia, la información solicitada no fue susceptible de clasificarse con el carácter de reservada, independientemente de su vigencia, porque evidencia actos que se relacionan con el ejercicio de recursos públicos y, por tanto, su contenido no podría afectar las garantías del debido proceso dentro de los procedimientos legales que pudieran derivarse, además de que su contenido evidencia el ejercicio del servicio público de quien los produce, por lo que no dejarán de existir documentalmente pese a que sus contenidos y efectos fueran declarados nulos.

Gilberto Ávila.