El concubinato no es un trámite que esté regularizado en el Registro Civil, lo recomendable es casarse para recibir todos los derechos de seguridad social, declaró el director de esta instancia, Gustavo Quiroz Hernández.

En entrevista comentó que, el concubinato es solo un procedimiento judicial ahora, ya que antes se hacía ante el sistema de Desarrollo Integral de las Familias (DIF), pero no tenía fundamento jurídico para reclamar los derechos que le corresponden.

“Por lo tanto la gente tiene que hacer un trámite judicial una perpetua auditoria donde acreditó que vivió con la persona por determinado tiempo”, agregó.

“Lo que el Registro Civil recomienda es que las personas se casen, porque el acta del matrimonio va a ser la prueba para reconocer otros derechos como la seguridad social, y demás”, expuso Quiroz Hernández.

Así mismo manifestó que muchas veces “la gente que llega al Registro Civil para alguna aclaración, pero lo único en lo que se puede ayudar es en hacer la inasistencia del matrimonio, es decir que la persona no estuvo casada o ya estaba divorciada”.

“Además cuando llega alguien que su pareja ya falleció, lo que se tiene que hacer es buscar desde que fecha en que ya no estaban casados, pero sí aparece su derecho reconocido en instituciones como las fuerzas armadas y el IMSS”, recalcó.

De igual manera afirmó que sí hay diferencias muy marcadas entre el concubinato y el matrimonio, ya que la ley ya reconoce algunos derechos como alimentarios y sucesorios, las autoridades siguen dudando. 

Para finalizar, Quiroz Hernández señaló que “lamentablemente hay errores en algunas actas o por una situación de las actas antiguas, es por ello que se tiene que hacer un trámite de validación de las mismas”.

Wilmer Delgado.

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