La diputada morenista Dalila el Carmen Mata Pérez debe renunciar inmediatamente a su cargo, pues violó la Ley Ingrid respaldada en el artículo 225 del Código Penal Federal al filtrar los videos del Instituto Mexicano del Seguro Social que son parte de una carpeta de investigación activa en contra de Pedro Daniel “N” además de utilizar los recursos a su disposición para influir en el proceso penal contra su esposo, por lo que no tiene calidad moral para presidir la comisión de Igualdad de Género.

Lo anterior lo señaló Sara Ferrer, una de las integrantes del colectivo de lucha contra la violencia hacia las mujeres, indicando que su intención de difundir esos videos es la de sobajar la credibilidad de la víctima, además de cambiar la opinión de la población a favor de su esposo, lo que significa intervenir directamente en el proceso contra el medico Pedro Daniel “N”, su esposo, a esto se le suma la violación al artículo 175 del Código Penal del Estado de Campeche que indica que es un delito publicar imágenes o videos de las personas sin su permiso, sobrepasando su intimidad.

La víctima, la estudiante, debe analizar también proceder contra la diputada Dalila Mata por violentar la Ley Ingrid que impone de 4 a 10 años de prisión y multas de 100 a 150 días valor UMA a los servidores públicos que difundan imágenes, videos e información relacionada con un procedimiento penal, como es, la filtración de los videos que uso la defensa de su esposo Pedro Daniel “N” para tratar de evitar que lo vincularan a proceso el pasado 25 de marzo.

También, su estrecha relación con el actual fiscal general Renato Sales Heredia, a quien apoyo en su búsqueda por la candidatura a la gubernatura del estado en 2020 y 2021, es motivo suficiente para crear duda razonable sobre la libertad que tiene el Ministerio Público de la Vicefiscalía de Justicia para actuar contra el imputado, o que influyentísimo podría generar ante el juez que conoce del caso para que lo deje libre bajo cualquier excusa.

Redacción.

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