Aunque un tribunal federal revocó la suspensión de plano que le había otorgado el Juzgado Primero de Distrito con residencia en Nuevo León al dirigente nacional del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas, el Gobierno del Estado encabezado por Layda Sansores no puede presentar ningún audio o material audiovisual pues tiene vigente el amparo interpuesto en la Ciudad de México.

Ayer se dio a conocer que el líder nacional del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas, sufrió un revés en el litigio que mantiene con la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román, por el tema de la difusión de audios.

Un tribunal federal revocó la suspensión de plano que le había otorgado el Juzgado Primero de Distrito con residencia en Nuevo León, la cual impedía a la gobernadora difundir audios o hacer pronunciamientos sobre el también diputado federal.

Por unanimidad, los magistrados determinaron que el órgano jurisdiccional actuó de forma incorrecta al otorgar la medida cautelar cuando ya se había declarado incompetente para conocer del asunto. 

Sin embargo, cabe recordar que todavía está vigente el recurso presentado por Moreno Cárdenas ante el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México, autoridad que le otorgó una suspensión para impedir que Layda Sansores difunda audios obtenidos de forma ilegal el pasado 24 de julio.

Esta suspensión quedó asentada en el expediente 359/2022, cuyos datos pueden consultarse en el portal del Poder Judicial de la Federación, y que tiene como efecto el que las autoridades responsables se abstengan de difundir información y realizar declaraciones, manifestaciones o comentarios con relación a Alejandro Moreno Cárdenas, cuya naturaleza sea igual o similar a la de los actos reclamados que deriven del estricto ejercicio de las atribuciones que por disposiciones constitucionales y legales les corresponden llevar a cabo.

Del mismo modo, realizar los actos o gestiones necesarias a efecto de que se elimine de Internet y de redes sociales la información, manifestaciones, declaraciones o comentarios reclamados en la demanda de que se trata.

Redacción.

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