Aguascalientes, Aguascalientes.- A 18 años de prisión fue sentenciado un degenerado sujeto de nombre Alberto Romo Zasatti, tras ser hallado culpable de haber violado a su propia hija de tres años.

Los lamentables acontecimientos quedaron al descubierto en el mes de abril del año 2015, cuando la madre de la menor al pretender meter a bañar a su hija le descubrió que en su cuello presentaba una marca, así como descubrir que en su pelvis del lado derecho había unas abrasiones, lo que le llamó la atención y al cuestionar a su hija, esta le dijo que se los hizo cuando jugaba con su papá.

Al preguntarle la asombrada mujer que tipo de juegos hacía con su papá, la menor le dijo que le quitaba su ropa y la besaba en sus partes íntimas, por lo que la mamá de la menor decidió llevar a su hija al médico, informando el galeno que las marcas podrían ser producidas por un contacto físico.

Sin dudar la mujer se dirigió a la oficina del Agente del Ministerio Público, donde levantó la denuncia de abuso en contra de su ex pareja Alberto Romo Zasatti, manifestando que debido a una serie de problemas de pareja decidieron separarse y acordando que podría ver a su hija en ciertos días.

Señaló que con anterioridad ya había presentado otra denuncia por atentados al pudor en contra de su propia hija; por su parte la menor fue canalizada al Área de Atención a Víctima del Delito, donde un grupo de Psicólogos al platicar con la menor descubrieron que efectivamente el sujeto aprovechaba los momentos que su hija era llevada a su casa y realizaba vejaciones en contra de la menor.

Con estos resultados y con las declaraciones que rindieran tanto la menor como su progenitora, el AMP integró la Averiguación Previa y solicitó una orden de Aprehensión por el delito de violación equiparada en contra de Romo Zasatti, quien fue detenido e ingresado al CERESO Aguascalientes.

Posteriormente el Juez encargado del caso le dictó el Auto de Formal Prisión, dando inicio al proceso penal el cual llegó a su conclusión con la sentencia de 18 años de prisión, además, el ahora sentenciado deberá pagar la reparación del daño por el tratamiento psicológico de la víctima.

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