De oficio se persiguen los delitos graves que son la grabación de conversaciones con el objetivo de dañar a alguno de los interlocutores, y la difusión de esas grabaciones, tipificados en el Código Penal, afirmó el Fiscal Especializado en Control Regional de la FGR, Germán Castillo Banuet, en entrevista con el periodista Ciro Gómez Leyva, quien ayer por la mañana señaló que esos ilícitos tienen una pena máxima de 12 años de cárcel.  

Como parte de un trabajo periodístico, Gómez Leyva solicitó a la FGR opinión al respecto de la difusión de audios obtenidos de manera ilegal y difundidos sin consentimiento de los involucrados, como sucedió al propio titular de la FGR, Alejandro Gertz Manero, quien acusó al periodista Mario Maldonado de haber difundido (argumenta que “solo compartió en Redes Sociales”) el audio en el que involucran a Gertz, por lo que enviaron al Fiscal Especializado Castillo Benuet. 

En la entrevista el Fiscal Castillo fue muy específico al insistir en que no se necesita una denuncia para armar una carpeta de investigación cuando la autoridad determina que hay un delito y grave para que inicien las investigaciones. Como es el caso, y explicó que en el supuesto (que ya están investigando) de proceder, existen dos presuntos delitos: el de la grabación u obtención del audio y el de la difusión. 

Gómez Leyva insistió en que la gobernadora Sansores Sanroman anuncia con antelación la difusión de esos audios y que hoy (ayer lo plantearon) también difundiría nuevos audios, para solicitarle a la autoridad si puede contener u ordenar que frene o detenga sus acciones, y la respuesta del fiscal Castillo fue: “no es función de la autoridad ese acto”. 

El Fiscal Especializado explicó el proceso para poder acusar a quien o quienes resulten responsables, que inicia con la carpeta de investigación, los peritajes, remitirlo al juez y, como quien difunde es la gobernadora Sansores, habría que solicitar un juicio de procedencia para eliminar el fuero. Pero por no tener el conocimiento ni los periodistas ni el Fiscal Especializado de que en Campeche, en el 2016, se eliminó el fuero a los servidores públicos y de elección popular, ese proceso se obviaría por justas razones. 

“En principio puede calificarse la acción de la gobernadora como ilegal, que no es lo mismo que delictivo, porque hay niveles de ilicitud”, explicó el Fiscal Castillo. Y agregó que “el hipotético caso que se diera una ilicitud, no aceptado todavía por la Fiscalía, el artículo 111 de la Constitución, propondría un juicio de procedencia (desafuero).” 

En el 2016 durante el gobierno de Alejandro Moreno Cárdenas, la diputada Laura Baqueiro (actualmente diputada) propuso la reforma artículo 6º de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Campeche y el 8 de mayo del año siguiente (2017) fue aprobado por el pleno con lo que se eliminó el fuero para todo servidor público en la entidad. 

Por lo que las dos carpetas de investigación que de oficio investiga la FGR, están en curso y con la obviedad del fuero, puede ser un serio problema para la ligereza de la gobernadora Layda Sansores quien difundió audios ilegales y probablemente manipulados (deberá ser avalado por peritajes), por afán de venganza contra el líder nacional del PRI, con lo que configuran dos delitos graves.

Redacción.

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