En la sesión del día de ayer, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por unanimidad conceder el amparo y protección de la justicia federal a las comunidades mayas campechanos y yucatecos, a fin de garantizarles el derecho humano a la consulta previa, libre e informada, en relación a los permisos otorgados a Monsanto para la siembra de soya transgénica.
Esta decisión es un logró histórico para el pueblo maya y para la construcción del estado pluricultural de derecho en México.
Tal decisión se une a otras previas y que marcan el camino hacia un cambio en la legislación y la política pública del estado mexicano, donde el derecho a la consulta debe garantizarse en cualquier medida legislativa y administrativa que pueda afectar de manera directa a los pueblos y comunidades.
En los próximos días, la sentencia será notificada y se darán a conocer la totalidad de sus efectos. La y los ministros debatieron sobre el interés jurídico o legítimo que asiste a la parte quejosa, así como los efectos amplios o limitados de la concesión del amparo.
Por lo anterior se espera que la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) y la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (Cibiogem) cumplan con su obligación constitucional y convencional de garantizar una consulta previa, libre e informada, apegada a estándares internacionales.
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Foto: Cortesía/Robin Canul