Dictan formal prisión a expolicías asesinos

Estado, Lunes 10 noviembre, 2014 a las 6:07 pm

Policías Homicidas_ Caso Bolonchén

REDACCIÓN
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La Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) da a conocer que las pruebas aportadas, a través del Fiscal, fueron contundentes para que el Juez Tercero del Ramo Penal dicte auto de formal prisión en contra de los seis expolicías –tres municipales y tres estatales- involucrados en el caso Bolonchén.

Los exagentes fueron identificados como Carlos Manuel Pérez Pino, José Gabriel Rivero Pino, Jorge Luis Cauich Canul, José Felipe Ortega Ortegón, Esteban Salomón Bello y Eduardo Antonio Kuk Pérez y fueron consignados como probables responsables de los delitos de homicidio calificado y abuso de autoridad, en agravio de quien en vida respondiera al nombre de Danni Abraham Canché Trejo, y por los delitos de lesiones calificadas y abuso de autoridad, en agravio de Irving Fernando Abnal Canché y Russel Orlando Canché Trejo.

Asimismo se informa que, por tratarse de delitos graves, los seis exservidores públicos no alcanzan el beneficio de la libertad bajo caución, por lo que se encuentran sujetos a proceso en el Centro de Reinserción Social de San Francisco Kobén, Campeche.

De acuerdo a los hechos, asentados en el expediente AP/7550/9ª/2014, el sábado 01 del presente mes, alrededor de las 17:30 horas, en un retén situado frente al mercado municipal en el poblado de Bolonchén de Rejón, Hopelchén, agentes municipales y estatales marcaron el alto a una camioneta Mitsubishi, de doble cabina, color blanco, que era conducida por el hoy occiso Denni Abraham Canché Trejo.

En la camioneta también viajaban Jaime Canché Aguilar, Rossel Orlando Canché Trejo, Irving Fernando Abnal Canché y Jaime Gilberto Canché Trejo.

Los agentes solicitaron al conductor su licencia de conducir, al tiempo que le indicaron a todos los ocupantes que bajaran de la camioneta.

Ante esto, los tripulantes se inconformaron, por lo que los elementos optaron por detener Denni Abraham Canché Trejo, Irving Fernando Abnal Canché y Rossel Orlando Canché Trejo. En tanto que las otras dos personas no intervinieron.

Los tres detenidos fueron esposados y abordados en la góndola de la patrulla tipo pick up y con número económico 597; aclarando que en la parte trasera (gondóla) viajaban tres agentes municipales y dos de la PEP, mientras que quien conducía era de esta última corporación.

En el trayecto, los retenidos fueron sometidos a uso excesivo de la fuerza, ocasionándoles lesiones; igualmente, tres de los servidores públicos sometieron a Denni Abraham, quien al encontrarse boca abajo, le ejercieron presión en la espalda y le pisaron la nuca, obstruyéndole las vías respiratorias.

Los agentes, junto con los detenidos, se trasladaron a la cabecera municipal (Hopelchén), y durante el trayecto continuaron golpeando a los detenidos.

Una vez que llegaron a Hopelchén, el Director de Seguridad Pública detectó que Denni Abraham se encontraba  inerte y no reaccionaba, ordenó al médico de guardia que le brindara atención, respondiendo éste que el antes citado presentaba signos vitales tenues, por lo que fue trasladado al Hospital de la localidad, donde al llegar el doctor informó que había fallecido por la gravedad de las lesiones provocadas por los elementos.

Ante los acontecimientos, la Secretaría de Seguridad Pública y Protección a la Comunidad (SSPyPC) procedió a la detención de los seis agentes policiacos, al desarme y al aseguramiento de uniformes y botas; asimismo, junto con los lesionados (que antes habían sido detenidos) y cuerpo del hoy occiso, fueron trasladados y puestos a disposición del representante social en esta ciudad capital donde se llevaron a cabo las diligencias legales.

De lo procesado en la camioneta oficial donde fueron trasladados los tres pobladores de Bolonchén, apoyados en criminalística de campo, se obtuvieron otras evidencias contundentes, como rastros de sangre en éste y en los uniformes. Éstas fueron puestas a disposición del Juez que conoce de la causa penal.

Finalmente, los seis implicados durante su declaración preparatoria solicitaron la ampliación del término constitucional, el cual se elevó a 144 horas, lapso en que aportaron pruebas, al igual que el Fiscal de la Subprocuraduría de Control de Procesos, mismas que al ser analizadas, motivaron que el Juez Penal encontrara elementos que demostraran su responsabilidad en los hechos que se investigan.